¡Atención! El SAT multará a todas las personas que no cuenten con buzón tributario habilitado

¡Atención! El SAT multará a todas las personas que no cuenten con buzón tributario habilitado

¡Atención! El SAT multará a todas las personas que no cuenten con buzón tributario habilitado

Para mejorar su comunicación con los contribuyentes, el SAT ha habilitado varias herramientas, destacando entre ellas el buzón tributario, un servicio que permite la comunicación entre la dependencia y los trabajadores, quienes pueden realizar trámites, atender requerimientos y depositar promociones.

¿Qué es el buzón tributario del SAT?

El buzón tributario del SAT es un servicio que permite la comunicación entre la dependencia y el contribuyente, quien, a través de él, puede realizar:

  • Tramites
  • Presentar promociones
  • Depositar información o documentación
  • Atender requerimientos
  • Obtener respuestas a sus dudas.

Además, el SAT utiliza el buzón para notificar a los contribuyentes actos administrativos y dar respuesta a solicitudes, promociones o consultas hechas por los contribuyentes.

¿Quiénes están obligados a tener el buzón tributario del SAT?

Todas las personas físicas y morales inscritas en el RFC, a excepción de:

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas; en este caso, habilitar el Buzón Tributario es opcional.
  • Las personas morales (empresas) que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos tienen la opción de habilitar el buzón tributario.
  • Las personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados están relevados de habilitar el buzón tributario.
  • Las personas físicas que tributen en el Régimen de Ingresos por Salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado que hayan obtenido ingresos mensuales a 400 mil pesos en el ejercicio inmediato anterior pueden optar por no habilitar el buzón tributario.

“No será aplicable tratándose de los trámites o procedimientos, en los que se requiera que cuentes con buzón tributario o de contribuyentes que hayan emitido factura electrónica CFDI (factura electrónica) de ingresos o recibido CFDI de nómina en los últimos 12 meses”, explicó el SAT.

¿El SAT te puede multar por no habilitar el buzón tributario?

Sí. De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, la multa por no habilitar el buzón tributario o no actualizar los medios de contacto ante el SAT asciende de los 3 mil 850 a los 11 mil 540 pesos.

Por ello, el SAT llamó a todos los contribuyentes a habilitar su buzón tributario y a mantener actualizados los medios de contacto.

“Para la aplicación de dicha sanción se extiende prórroga hasta el 1 de enero de 2025, de conformidad con el artículo transitorio Cuarto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 y sus Anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27, publicada en el DOF el 29 de diciembre de 2023”, destacó el SAT.

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