El Servicio de Administración Tributaria emitió un comunicado en el que se da a conocer la ampliación de los periodos para esta obligación fiscal.
De acuerdo con esta nueva información, el Anexo 20 versión 3.3, deberá implementarse conforme a las siguientes fechas:
1 enero 2018
Obligación de emitir el CFDI 3.3
1 de abril del 2018
Uso del Complemento para la Recepción de Pagos versión 1.1
1 de julio del 2018
Entrada en vigor del nuevo esquema de cancelación de facturas electrónicas.
Ya que dicho esquema de cancelación no se ha dado a conocer por completo, el SAT informó que en los próximos días se publicarán los ajustes a esta y las disposiciones fiscales anteriores.
Además, los errores en la captura de la clave de unidad de medida y/o servicio o producto, no será motivo de infracción hasta el 30 de junio 2018, fecha en la que el SAT podrá comenzar a imponer las sanciones correspondientes.
Es importante mencionar que esta prórroga es un periodo complementario y adicional al que se encontraba en curso, mismo que pretende favorecer a quienes han presentado dificultades para realizar su migración del CFDI 3.2 al 3.3
Leave a Reply