Cuando las personas incumplen con sus declaraciones mensuales o anuales; el pago de impuestos u otras responsabilidades como contribuyentes, entonces su opinión de cumplimiento se refleja como negativa.
Si eres parte de las personas que le tendrá que pagar al Servicio de Administración Tributaria porque en la declaración anual el resultado fue saldo en contra, busca las opciones que existen para que cumplas con el fisco, de no hacerlo tu opinión se verá afectada.
La opinión de cumplimiento es un documento que emite el SAT y que contiene la información del cumplimiento de las obligaciones fiscales de las y los contribuyentes, ya sean personas físicas o morales, al momento de la fecha de consulta.
Cuando las personas incumplen con sus declaraciones mensuales o anuales; el pago de impuestos u otras responsabilidades que adquieren como contribuyentes, entonces su opinión de cumplimiento se refleja como negativa.
Este documento sirve, por un lado, para acceder a distintas autorizaciones y beneficios por parte de autoridades gubernamentales; además de poder timbrar facturas. Muchas veces al darte de alta como proveedor en alguna empresa te pedirán que entregues tu opinión de cumplimiento positiva.
A las empresas les funciona para conocer si el contribuyente con quien realiza operaciones comerciales se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales”, según información del SAT.
Obtener el documento de la opinión de cumplimiento es sencillo y se puede hacer en minutos. La puedes descargar de la página del SAT.
Ingresas al sitio y en la barra superior del lado derecho está la opción de “Otros trámites y servicios”, ahí das clic y se desglosan una serie de opciones donde podrás seleccionar la opción de: “Obtén tu opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales”.
NO PAGAR SALDO EN CONTRA TE AFECTARÁ
Pagar el saldo que te resulte en contra, si eres parte de las y los contribuyentes con ese resultado en la declaración anual, te dará tranquilidad, pues no tendrás una deuda con el SAT que afecte tu opinión de cumplimiento.
No liquidar ese dinero es como si no hubieras presentado la declaración anual.
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