La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), dio a conocer los estímulos fiscales que otorgará con motivo del periodo anual de ofertas del Buen Fin 2024, que se llevará a cabo del 15 al 18 de noviembre próximos.
El estímulo fiscal consiste en acreditar contra el impuesto sobre la renta, propio o el retenido a terceros por este impuesto, el monto que corresponda a la entrega de premios que efectúen dichas entidades por cuenta del Gobierno Federal y como parte del programa “El Buen Fin”, a las siguientes personas:
- Tarjetahabientes personas físicas cuando hayan utilizado como medios de pago tarjetas de crédito o de débito en la adquisición de bienes o servicios durante el periodo del 15 al 18 de noviembre de 2024, a personas físicas o morales registradas en el Portal de Internet de «El Buen Fin» para el ejercicio fiscal de 2024, y siempre que los citados tarjetahabientes hayan resultado ganadores en el sorteo “El Buen Fin” que lleve a cabo el Servicio de Administración Tributaria (en adelante “SAT”).
- Personas físicas o morales que enajenen bienes o presten servicios y reciban como medios de pago, tarjetas de crédito o de débito durante el periodo del 15 al 18 de noviembre de 2024, cuyos ingresos acumulables en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de $5,000,000 de pesos, siempre que se encuentren inscritas en el Portal de Internet de «El Buen Fin» y hayan resultado ganadores en el sorteo que lleve acabo el SAT.
El monto del estímulo fiscal corresponderá a aquellas cantidades que las entidades financieras y demás entidades efectivamente entreguen a los tarjetahabientes ganadores a que se refiere
el inciso a) o, en su caso, a las personas físicas o morales ganadoras a que se refiere el inciso b) anterior.
El estímulo fiscal podrá acreditarse contra los pagos provisionales, definitivos y anuales del impuesto sobre la renta propio o retenido a terceros hasta agotarlo, a partir del mes siguiente a aquél en que se realice la entrega de los premios a cada ganador, siempre y cuando hayan entregado al SAT la información que dicho órgano determine a través de reglas de carácter general.
Se establece que el estímulo fiscal a que se refiere el Decreto, así como el importe de los premios que se entreguen a las mencionadas personas, no se consideran ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta, además de que se releva a los beneficiarios del estímulo fiscal establecido en el Decreto de la obligación de presentar el aviso en materia de estímulos fiscales previsto en el Código Fiscal de la Federación.
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